Cómo hacer una factura CFDI 4.0 paso a paso: datos obligatorios del SAT

Con la versión 4.0 del CFDI, el SAT valida que los datos de tu cliente coincidan exactamente con los que tiene registrados, y la fuente más confiable es su Constancia de Situación Fiscal. Aquí te explicamos qué necesitas antes de empezar, qué datos pedirle a tu cliente y cómo llenar cada campo sin que te rechacen el timbrado.

Actualizado el 16 de octubre de 2026

En resumen

  • Para emitir facturas necesitas tu RFC activo, tener asignado un régimen fiscal y contar con tu Certificado de Sello Digital (CSD) vigente.
  • Debes pedirle a tu cliente 5 datos exactos, que puede tomar de su Constancia de Situación Fiscal: RFC, nombre o razón social (sin régimen societario), código postal, régimen fiscal y uso del CFDI.
  • Si te pagan al momento (o dentro del mismo mes), se usa el método PUE; si te pagan después o en abonos, se usa PPD con forma de pago 99 Por definir.
  • Cada concepto debe indicar su clave de producto o servicio, clave de unidad y si es objeto de impuesto (01, 02, 03 o 04).

1. ¿Qué necesitas antes de emitir tu primera factura?

Antes de timbrar un CFDI 4.0 ante el SAT, necesitas tener listos estos tres elementos como emisor:

  • RFC activo y régimen fiscal vigente: debes estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con un régimen que permita facturar tus actividades (por ejemplo, 626 RESICO, 612 Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales, o 601 General de Ley Personas Morales).
  • e.firma (antes FIEL) vigente: sirve para tramitar tus sellos digitales ante el SAT.
  • Certificado de Sello Digital (CSD): son los archivos .cer, .key y su contraseña privada creados específicamente para sellar y timbrar tus facturas en un sistema de facturación (PAC). Tienen una vigencia de 4 años.

2. Los 5 datos obligatorios de tu cliente (receptor)

El cambio más estricto del CFDI 4.0 (artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación) es que el timbrador valida automáticamente los datos del receptor contra el padrón del SAT. Para que la factura no sea rechazada, pídele a tu cliente estos cinco datos; lo más seguro es que los tome tal como aparecen en su Constancia de Situación Fiscal:

Dato del receptorQué valida el SATEjemplo o detalle clave
1. RFCQue exista y esté activo en la lista de inscritos del SAT13 caracteres para persona física; 12 caracteres para persona moral (empresa).
2. Nombre o razón socialQue coincida letra por letra con la Constancia de Situación FiscalVa en mayúsculas. En empresas se escribe sin el régimen societario (es decir, sin poner S.A. de C.V., S. de R.L., etc.).
3. Código postalQue sea el código postal del domicilio fiscal registrado por ese RFC5 dígitos. Si tu cliente cambió de domicilio y te da su código postal anterior, el timbrado marcará error.
4. Régimen fiscalQue corresponda al tipo de persona (física o moral) del RFCPor ejemplo, 601 General de Ley Personas Morales o 626 Régimen Simplificado de Confianza.
5. Uso del CFDIQue la clave elegida sea compatible con el régimen fiscal del clientePor ejemplo, G01 Adquisición de mercancías, G03 Gastos en general o S01 Sin efectos fiscales.

¿Tu cliente no te pidió factura? Si vendes a consumidores finales que solo se llevan su ticket o nota de venta, no necesitas pedirles estos datos: esas operaciones se reportan juntas usando el RFC genérico XAXX010101000 en una factura global al público en general.

¿Es obligatoria la constancia? No. El SAT aclaró el 20 de enero de 2026 que para facturar solo se requieren los datos del receptor (RFC, nombre o razón social, código postal y régimen fiscal), y que condicionar la emisión de la factura a que te entreguen la constancia es una infracción. Más detalles en nuestra guía de la constancia de situación fiscal.

3. Datos generales: método y forma de pago

Al llenar el encabezado de una factura de venta normal, estos son los campos principales:

  • Tipo de comprobante: I (Ingreso) para ventas de productos, prestación de servicios o renta de inmuebles.
  • Moneda: MXN para pesos mexicanos (con tipo de cambio 1), o la clave de la moneda extranjera con su tipo de cambio del día.
  • Exportación: en ventas dentro de México siempre se selecciona 01 (No aplica).

Método de pago: ¿PUE o PPD?

Método de pagoCuándo elegirloQué forma de pago lleva
PUE Pago en una sola exhibiciónCuando tu cliente te paga antes o al momento de emitir la factura (o a más tardar el último día del mismo mes).Cómo te pagaron (ver catálogo completo): 01 Efectivo, 03 Transferencia electrónica, 04 Tarjeta de crédito, 28 Tarjeta de débito, etc.
PPD Pago en parcialidades o diferidoCuando vendes a crédito, en varios pagos o te van a pagar después de que termine el mes.Siempre 99 Por definir. Cuando recibas cada pago deberás emitir un complemento de pago.

4. Conceptos, claves del SAT y objeto de impuesto

Por cada producto o servicio que cobres en la factura debes capturar una partida (concepto) con estos datos:

  • Clave de producto o servicio: la clave de 8 dígitos del catálogo del SAT que mejor describa lo que vendes.
  • Clave de unidad: la medida en que vendes (por ejemplo, H87 Pieza, E48 Unidad de servicio o KGM Kilogramo).
  • Cantidad, descripción y valor unitario: las unidades vendidas, la descripción comercial clara y el precio unitario antes de impuestos.

Si no sabes cómo buscar la clave adecuada, consulta nuestra guía de claves de producto y unidad del SAT.

El campo Objeto de impuesto (c_ObjetoImp)

En CFDI 4.0 debes indicar en cada concepto si la operación causa o no impuestos:

ClaveSignificadoCuándo se usa
01No objeto de impuestoCuando el acto o actividad no está sujeto a impuestos por ley (o en el concepto de un complemento de pago). No se desglosan impuestos.
02Sí objeto de impuestoEs la clave más común. Se usa cuando tu producto o servicio sí está gravado y debes desglosar sus impuestos (IVA trasladado, IEPS o retenciones de ISR e IVA).
03Sí objeto del impuesto y no obligado al desglosePara operaciones que sí son objeto de impuesto pero que, por una facilidad o regla específica, no obligan a desglosarlo en el comprobante.
04Sí objeto del impuesto y no causa impuestoPara operaciones que son objeto de la Ley del IVA pero que, por disposición legal específica, no causan el impuesto.

Nota: el catálogo c_ObjetoImp también incluye las claves 05 a 08 para estímulos fiscales y regímenes especiales (como los Polos de Desarrollo para el Bienestar, PODEBI, o supuestos específicos sin traslado de IVA). En la operación comercial ordinaria se utilizan las claves 01 a 04.

5. ¿Qué hacer si te equivocas en un dato?

Una vez que una factura ha sido timbrada ante el SAT, su contenido ya no se puede "editar" directamente:

  • Si te equivocaste en un dato fiscal, concepto, método de pago o monto: debes emitir la factura nueva relacionándola con la clave 04 (Sustitución de los CFDI previos) y luego solicitar la cancelación de la anterior con el motivo 01. Puedes ver los pasos detallados en nuestra guía de cómo cancelar una factura.
  • Si la factura estaba bien pero después otorgaste un descuento o recibiste una devolución: no se cancela la factura; se emite una nota de crédito (CFDI de egreso) relacionada con ella.

6. Errores comunes

  • Incluir el régimen societario en el nombre de una empresa. Si escribes "COMERCIALIZADORA DEL CENTRO SA DE CV" en lugar de "COMERCIALIZADORA DEL CENTRO", el timbrador rechaza la factura.
  • Capturar un código postal distinto al de la Constancia de Situación Fiscal del cliente. No uses el código postal de la sucursal de entrega, sino el del domicilio fiscal del receptor.
  • Intentar timbrar con los archivos de la e.firma (FIEL). Para facturar en cualquier sistema certificado necesitas tramitar tu Certificado de Sello Digital (CSD).
  • Combinar método PUE con forma de pago 99 Por definir (o método PPD con una forma de pago distinta de 99).
  • Elegir un Uso de CFDI que no corresponde al régimen fiscal del cliente. Por ejemplo, poner G03 Gastos en general a un receptor que tributa en 605 Sueldos y Salarios o en 616 Sin obligaciones fiscales.

7. Cómo hacerlo en Facturópolis

En Facturópolis emites tus facturas CFDI 4.0 desde el módulo Visor Facturas: guardas los datos de tus clientes y productos para no volver a capturarlos cada vez, y timbras en segundos conectado con el SAT.

Solo pagas los timbres que usas, sin rentas mensuales.

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Aviso: esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de un contador. Las reglas fiscales pueden cambiar; consulta siempre la versión vigente en el portal del SAT.

Fuentes oficiales: